Esta mañana el Grupo Municipal de UPyD ha presentado en el Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, una moción sobre la reforma laboral que se encuentra en http://goo.gl/49R8F.
Esta es la defensa que he realizado para intentar que se considerara su carácter de urgencia y se debatiera dicha moción, cosa que no ha sido posible por votar en contra el PP, grupo mayoritario en la corporación municipal.
Dicha moción si ha contado -en cambio- tanto con el apoyo del PSOE, como de IU-LV.
Moción sobre la reforma laboral.
Buenos días:
Ante todo me gustaría felicitar al PP por su "coordinación", dado que en el pleno anterior impidió que se debatiese la moción que presentó UPyD respecto a la dación en pago y ahora el Sr. De Guindos –que creo milita en el PP- la propugna.
Igual ahora hasta votarían su carácter de urgencia.
O quizá no porque la moción que presentó UPyD era de verdad: sin voluntariedades ni bonificaciones a la Banca.
Pero entremos en la moción de este Pleno.
Seguramente los presentes creerán que poco “margen de maniobra” tiene una administración local frente a una reforma que ha sido aprobada, como no podía ser menos, por Real Decreto-ley. Y cuando decimos “por Real Decreto” es porque es una forma de gobernar muy cómoda, si se tiene una mayoría absoluta y que se está convirtiendo en una costumbre inveterada para los partidos que ocupan el gobierno de la Nación.
Pido perdón por la digresión y continúo.
Si bien un ayuntamiento no tiene competencias en este tema, sí tiene que transmitir la voz de los ciudadanos, como administración más cercana a los mismos.
Por otra parte, el Grupo Municipal de UPyD, también tiene muy claro que no saldrá adelante su carácter de urgencia, no porque no sea urgente –que lo es- o porque esta reforma laboral sea la mejor, que no lo es, sino porque desde esta Plaza del Pueblo, no se le va a "enmendar la plana" a la Calle Génova y mucho menos a Bruselas.
Al menos con los votos del equipo de gobierno de este Ayuntamiento.
Que cualquier reforma puede tener dos “lecturas” es algo evidente. Como ejemplo podemos hablar de lo relacionado con el “empleo estable”:
En la versión recogida en el real decreto-ley se dice “Sumar los esfuerzos de todos aquellos que pueden colaborar en la búsqueda de un puesto de trabajo. Se autoriza a las empresas de trabajo temporal para actuar como agencias privadas de colocación (colaboración publico-privada) ya que cuentan con una amplia red de sucursales distribuidas por todo el territorio y con amplia experiencia en el mercado de trabajo”.
La traducción correcta es: “Si estas cobrando el paro las ETTs te podrán llamar para alguna “maravillosa oferta de trabajo”. Si la rechazas, te quitaran la prestación por desempleo”.
Estas liberalizaciones/privatizaciones (véase el caso de las mutuas laborales y próximamente del Canal de Isabel II) es lo que tienen.
O también podríamos hablar de la creación de un empleo más estable: según el Real Decreto-Ley: “el objetivo es promover la contratación indefinida, especialmente en favor de los jóvenes”. Traducido a la realidad, esto significa: "A partir de ahora se consideraran contratos indefinidos, a unos contratos peores que los temporales actuales".
Y así, se podrían analizar –uno tras otro- los distintos contenidos.
Lo cierto que se trata de una reforma profunda, y que –además- tendrá efectos sociales muy importantes, lo cual no significa que tengan que ser –necesariamente- buenos ni para el País, ni para los ciudadanos, y en la que –básicamente- se desaprovecha una oportunidad histórica para dotar a la economía española de un marco de contratación estable, que intente solventar uno de los principales problemas actuales de los ciudadanos.
Para ello hay que tener claro cual es la génesis de este problema en España, como lo tiene UPyD, y que no es otra que dualidad que representa la existencia de un empleo indefinido con alta protección y al mismo tiempo de un empleo temporal desprotegido, lo que genera que más del 90% de los nuevos empleos, sean temporales.
En la época de expansión, mejor dicho “del ladrillazo”, este fue el tipo de empleo que se creó generándose, de esta forma, mucho empleo –pero de mala calidad- y con una temporalidad del 33 %.
En cambio, ahora mismo, en estos tiempos de “vacas flacas” es el empleo que se ha destruido, cayendo los jóvenes en la trampa de la temporalidad sin acceder nunca al empleo fijo, algo que –obviamente- afecta a su protección por desempleo, su acceso a la vivienda, la natalidad, a sus pensiones, sus perspectivas de futuro, en definitiva.
Y con esta reforma eso no va a cambiar.
Hasta este párrafo es lo que he podido defender, dado que en tres minutos, poco más se puede decir, salvo que lo que se diga en el pleno sea ininteligible, de pura velocidad.
No obstante, continúo con lo que tenía preparado y no me ha dado tiempo a decir.
………..
A corto plazo incluso empeorará la situación. Por un lado, se facilita mucho el despido de los trabajadores indefinidos. Cabe esperar que las empresas hagan un uso abundante de esta posibilidad -de hecho solo hay que prestar atención a las diversas declaraciones realizadas por diferentes miembros de la CEOE- y no sólo con motivo de la recesión económica actualmente existente, sino para sustituirlos por otros trabajadores menos costosos y probablemente temporales.
Es más, esta reforma se olvida de aspectos fundamentales, como pueden ser: la necesidad de mejora la cobertura de los parados que agotan sus prestaciones o la necesidad de mejorar los servicios públicos de empleo –que se deriva a las ETTs- y la formación que reciben los parados.
En lo que se refiere a las modalidades de contratación y al coste del despido, ha de señalarse que se trata sólo de uno de los elementos de la reforma, por lo que debería evitarse el centrar la atención exclusivamente en él.
En cualquier caso, las propuestas de UPyD –las recogidas en esta moción, así como en su programa- respetan los derechos adquiridos en los contratos ya existentes, refiriéndose únicamente a los nuevos contratos que tras ella se firmasen. Todos los nuevos contratos habrían de ser de una única modalidad, siendo los contratos temporales suprimidos radicalmente, excepto para la sustitución de bajas temporales.
Por tanto, todos los nuevos contratos habrían de ser indefinidos desde el principio.
Estos nuevos contratos únicos tendrían una indemnización por despido inicial de 12 días por año en el primer año. A partir de ahí, irían aumentando en 2 días por año en los años sucesivos, hasta un tope de 36 días por año (que se alcanzarían, por tanto, en el año 13 y siguientes) con un máximo de 24 meses.
La indemnización inicial sería más baja que la de los actuales contratos indefinidos, pero más alta que la de los contratos temporales (8 días o, más frecuentemente, cero) y que constituyen actualmente la inmensa mayoría de las nuevas contrataciones.
El máximo de 24 meses se correspondería con el actualmente existente para el contrato de fomento del empleo indefinido.
En fin, podíamos hablar muchísimo más del fondo y la forma de esta reforma laboral, pero como estamos seguros del sentido del voto del Grupo Municipal que tiene la mayoría, y que no habrá lugar a debate, dado que no se considerará la urgencia de la misma, no queremos quitarles más tiempo, aunque esto no venga –imperativamente- recogido en un Real Decreto Ley.
Gracias.
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